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6 sep 2012
El pasado 6 de agosto entró en vigor el "Real Decreto 1192/2012, de 3 de agosto, por el que se regula la condición de asegurado y de beneficiario a efectos de la asistencia sanitaria en España, con cargo a fondos públicos, a través del Sistema Nacional de Salud". A través de este Real Decreto se reconoce el derecho de acceso a la asistencia sanitaria pública a los trabajadores por cuenta propia no afiliados a la Seguridad Social y que cuenten con ingresos anuales inferiores a 100.000 euros, siendo esta prestación perfectamente compatible con la pertenencia a PREMAAT.
Desde el punto de vista de los nuevos beneficiarios de este Real Decreto, que fue publicado en el BOE el pasado día 4 de agosto, merece la pena destacar los siguientes aspectos:
Aunque aún no se conocen al detalle los pormenores de la forma de llevar a cabo la tramitación (impresos...), cuando ésta no se produzca de forma automática (casos en que ya se haya dispuesto de tarjeta sanitaria individual y, por tanto, la Administración disponga de todos sus datos), para obtener la tarjeta sanitaria individual deberá presentarse en la dirección provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social la correspondiente solicitud (acompañada de DNI, certificado de empadronamiento y declaración responsable de no tener cobertura obligatoria de la prestación sanitaria por otra vía).
La Seguridad Social ha activado en su página web un servicio que permite a cualquier persona comprobar si tiene derecho a la asistencia sanitaria.
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