Este sitio web utiliza cookies y otras tecnologías, propias y de terceros, para obtener información sobre tus preferencias, navegación y comportamiento en este sitio web. Esto nos permite proporcionarte distintas funcionalidades en la página web, personalizar la forma en la que se te muestra, o analizar nuestro tráfico.Puedes consultar más información sobre nuestra Política de cookies. Puedes aceptar todas las cookies pulsando el botón “Permitir cookies” o configurarlas o rechazar su uso clicando "Configurar cookies".
Las cookies estrictamente necesarias son aquellas de carácter técnico, que deben estar siempre activadas para que la web funcione correctamente, así como para que podamos guardar tus preferencias de ajustes de cookies.
Esta web utiliza Google Analitycs para recopilar información anónima que nos permita medir, por ejemplo, el número de visitantes del sitio, o las páginas más populares. Activando estas cookies, nos ayudarás a continuar mejorando nuestra web en base los intereses de nuestros usuarios.
Buscador :
Volver al Menú
30 jun 2011
En el último ALDIZKARIA, correspondiente al mes de junio, informamos de la aprobación de una Orden TIN 1.362/2011 de 23 de mayo, que declaraba la incompatibilidad entre el cobro de una pensión pública de jubilación y el trabajo como profesional liberal.Sin embargo, durante la tramitación del proyecto de Ley de Modernización de la Seguridad Social, los grupos políticos mayoritarios han acordado incluir una Disposición Adicional que dejará sin efecto la incompatibilidad incluida en esa Orden.Aunque esta "rectificación" no tendrá efectos jurídicos hasta que se apruebe la Ley citada, supone una manifestación de una voluntad política de abordar la cuestión con más calma en una futura regulación legal.El Gabinete de Comunicación del Consejo General ha emitido un comunicado "ACTUALIDAD" en el que informa sobre los efectos de esta anunciada modificación legal. Desde aquí se puede acceder al texto íntegro de esa comunicación.
Palabra clave
Noticias
Ribera de Axpe nº 11, Edif. C1 - 2º plta. Dpto 201, 48950 - ERANDIO
Tfno.944247900 - 944807163
info@coaatbi.org
Desarrollado por ATTEST