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El Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Bizkaia es la institución que agrupa y representa a los Aparejadores y Arquitectos Técnicos establecidos en este ámbito territorial. Además de esa función representativa, sus fines incluyen la ordenación del ejercicio de la profesión y la defensa de los intereses profesionales de los colegiados, así como los de las personas consumidoras y usuarias de los servicios de los mismos, todo ello en congruencia con los intereses y necesidades generales de la sociedad.
El Colegio se rige por unos Estatutos aprobados por Orden de 7 de noviembre de 2016 del Departamento de Administración Pública y Justicia del Gobierno Vasco (BOPV 27/12/16), mientras que la actuación profesional de los colegiados se rige por el Código Deontológico de la Arquitectura Técnica.
La representación legal del Colegio corresponde al presidente del mismo y la dirección de la entidad la ostenta la Junta de Gobierno, cuyo mandato tiene una duración de cuatro años. Las funciones del Presidente y de cada uno de los componentes de la Junta se establecen en los artículos 22 al 25 de los Estatutos. El organigrama administrativo se completa con la Dirección del Colegio de la que dependen los departamentos Administrativo y de Visado.
Los miembros de la Junta de Gobierno y la Dirección del mismo están adheridos a los compromisos establecidos en el Código de Buen Gobierno del Consejo General de los Colegios Oficiales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos. También se ha incorporado a esta Corporación un Modelo de Prevención Penal aprobado por la Junta de Gobierno que se enmarca en los principios de Buen Gobierno y que se complementa con los Estatutos Generales del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Bizkaia.
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