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Las funciones colegiales de naturaleza pública son aquellas que tienen que ver con la colegiación, con el registro de sociedades profesionales, con los acuerdos relativos a la elección de cargos representativos y con aquellos otros que tuvieran naturaleza administrativa, para los que se establece el correspondiente régimen de recursos en el artículo 30 de los Estatutos.
Dentro de los servicios colegiales, dispone de naturaleza pública el de visado de trabajos y documentos, establecido en los artículos 33 al 36 de los Estatutos.
Por otra parte, el Decreto 112/2012, de 26 de junio, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición en el País Vasco, estableció la figura del Informe Final de la Gestión (IFG) de residuos y materiales de construcción y demolición que se deberá presentar ante el Ayuntamiento correspondiente en el caso de obras sometidas a licencia urbanística. Esa presentación se configura como requisito para que el promotor pueda solicitar al Ayuntamiento la devolución de la fianza depositada en su día, en garantía de la correcta gestión de los residuos generados durante la ejecución de la obra. Tras la suspensión del Decreto por el que se regulaban las Entidades de Colaboración Ambiental (ECA) en el País Vasco y de acuerdo con lo previsto en la disposición transitoria segunda del Decreto 112/2012, el Colegio realiza la función de Verificación de Informes Finales de Gestión de Residuos de construcción y demolición.
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