Este sitio web utiliza cookies y otras tecnologías, propias y de terceros, para obtener información sobre tus preferencias, navegación y comportamiento en este sitio web. Esto nos permite proporcionarte distintas funcionalidades en la página web, personalizar la forma en la que se te muestra, o analizar nuestro tráfico.Puedes consultar más información sobre nuestra Política de cookies. Puedes aceptar todas las cookies pulsando el botón “Permitir cookies” o configurarlas o rechazar su uso clicando "Configurar cookies".
Las cookies estrictamente necesarias son aquellas de carácter técnico, que deben estar siempre activadas para que la web funcione correctamente, así como para que podamos guardar tus preferencias de ajustes de cookies.
Esta web utiliza Google Analitycs para recopilar información anónima que nos permita medir, por ejemplo, el número de visitantes del sitio, o las páginas más populares. Activando estas cookies, nos ayudarás a continuar mejorando nuestra web en base los intereses de nuestros usuarios.
Buscador :
Volver al Menú
10 jun 2024
El Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Diputación Foral de Bizkaia, presenta una propuesta con trece medidas de seguridad complementarias a tomar cuando, debido a la instalación de ascensor, el ancho de escaleras quede reducido a entre 80cm y 100cm.
Aunque la concesión de permisos y licencias para la instalación de ascensores es competencia de los servicios técnicos de los ayuntamientos, desde el Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Diputación Foral de Bizkaia se proponen una serie de medidas de seguridad complementarias que puedan servir como referencia, en los casos en los que se reduzca el ancho de escalera hasta los 80cm - 100cm.
Tal y como se recoge en el CTE (DB-SUA1):"En edificios existentes, cuando se trate de instalar un ascensor que permita mejorar las condiciones de accesibilidad para personas con discapacidad, se puede admitir una anchura menor siempre que se acredite la no viabilidad técnica y económica de otras alternativas que no supongan dicha reducción de anchura y se aporten las medidas complementarias de mejora de la seguridad que en cada caso se estimen necesarias". Se trata de que el incremento de riesgo en caso de incendio que supone esta reducción por debajo del mínimo estándar se vea compensado, e incluso mejorado, por la implementación de otras medidas de seguridad contra incendios.
Adjuntamos la documentación aportada al Colegio por el Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Diputación Foral de Bizkaia:
Palabra clave
Noticias
Ribera de Axpe nº 11, Edif. C1 - 2º plta. Dpto 201, 48950 - ERANDIO
Tfno.944247900 - 944807163
info@coaatbi.org
Desarrollado por ATTEST